La CEPE publica un nuevo anuncio el 18 de junio de 2021 con el título
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Dos nuevos Reglamentos de la ONU sobre vehículos aumentarán la protección de peatones y ciclistas»
Como se menciona en el comunicado de prensa, dos nuevos Reglamentos de Vehículos de las Naciones Unidas reducirán el número y la gravedad de las colisiones entre vehículos en movimiento desde una posición estacionaria o en maniobra de marcha atrás a baja velocidad, y peatones y ciclistas.
¿Qué son estas dos nuevas normativas?
1. ONU ECE R158
Está relacionado con los requisitos de los dispositivos de marcha atrás y de los vehículos de motor en lo que respecta a la conciencia del conductor sobre los usuarios vulnerables de la vía pública situados detrás de los vehículos.
«Dispositivos de marcha atrás», los dispositivos destinados a proporcionar una visión clara de la parte trasera del vehículo dentro de los campos de visión definidos en el apartado 15.2. Pueden ser retrovisores convencionales, el Sistema de Cámara de Visión Trasera (RVCS) u otros dispositivos capaces de presentar información sobre el campo de visión al conductor.
Artículo 6.2.1.1. de la propuesta de reglamento define claramente los requisitos de los dispositivos de visión trasera:
La eficacia del RVCS y de otros dispositivos de apoyo a la visión de los retrovisores de proximidad no se verá afectada negativamente por campos magnéticos o eléctricos. Esto se demostrará mediante el cumplimiento de los requisitos técnicos y las disposiciones transitorias del
Reglamento nº 10 de la ONU
, 05 serie de enmiendas o cualquier serie de enmiendas posterior».
Puedes acceder a la versión reciente del Reglamento nº 158 de la CEPE de la ONU: UNECE R158 (Revisión 3, 6 de julio de 2021). Fecha de entrada en vigor como anexo al Acuerdo de 1958: 10 de junio de 2021.
El 29 de septiembre de 2022, se publica la Enmienda 1 de UN ECE R158.
2. ONU ECE R159
Está definiendo los requisitos de los vehículos de motor en relación con el Sistema de Información en Movimiento para la Detección de Peatones y Ciclistas (Sistemas de Información en Movimiento (MOIS)).
La eficacia del MOIS no se verá afectada negativamente por campos magnéticos o eléctricos. Esto se demostrará mediante el cumplimiento de los requisitos técnicos y las disposiciones transitorias del
Reglamento nº 10 de la ONU
, 05 serie de enmiendas o cualquier serie de enmiendas posterior».
Puedes acceder a la versión reciente del Reglamento 159 de la CEPE de la ONU: UNECE R159 (Revisión 3, 6 de julio de 2021). Fecha de entrada en vigor como anexo al Acuerdo de 1958: 10 de junio de 2021.
El 29 de septiembre de 2022, se publica la Enmienda 1 de UN ECE R159.
¿Cuándo entrará en vigor esta nueva normativa?
Tanto la UN ECE R158 como la UN ECE R159 se publican el 6 de julio de 2021. La normativa es aplicable ahora. Comprueba la normativa, si tu producto entra en el ámbito de una de estas normativas, cumple los requisitos. Tras superar las pruebas e inspecciones, se aplican las fases de homologación y marcado E.
¿Cómo podemos ayudarte?
Ofrecemos servicios de conformidad de productos con nuestros socios internacionales, de confianza y autorizados. Si tienes algún producto incluido en el ámbito de aplicación de las normas UN ECE R158 o UN ECE R159 y necesitas certificarlo
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